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Las rebajas y ventas especiales son buenas ocasiones para adquirir ropa de calidad a menor precio. Sin embargo, has de comprobar bien el género antes de comprar sin olvidarte, sobre todo, de que sigues teniendo los mismos derechos que cuando realizas una compra en temporada normal.
Por este motivo, nunca te dejes llevar por los carteles que anuncian precios reducidos. Y es que siempre has de asegurarte de que lo que compras rebajado es de buena calidad y que no se trata de artículos que el establecimiento ha puesto a la venta exclusivamente para la temporada de rebajas.
Según la normativa vigente, los artículos rebajados tienen que haber estado a la venta con anterioridad, durante tres meses como mínimo, a un precio normal y sin ofertas. La Ley 29 de febrero de 1996 de nuestro país, prohibe ofrecer como rebajados artículos deteriorados o que puedan tener algún defecto. Dicha disposición señala también que para que el comprador pueda comparar, en los productos de las rebajas debe figurar con claridad el precio anterior, además del precio reducido.
Además, recuerda que en rebajas tienes los mismos derechos que en cualquier otra época del año. Es decir, en caso de que pagues tus compras con cualquier otra tarjeta de crédito, el establecimiento en cuestión tiene la obligación de admitirla si fuera de temporada de rebajas acepta este tipo de pago.
Por otra parte, en el caso de que un comercio oferte artículos a precio normal y otros a precio reducido, ambos deben estar separados de forma que no quepa error para el comprador.
En el caso de venta por liquidación hay que señalar que ésta tiene carácter excepcional y que su fin es el de agotar determinados artículos.
Se produce como consecuencia de una decisión judicial, administrativa o por decisión del propio empresario. Este puede iniciar una venta en liquidación por varias razones como cese total o parcial de la actividad, debido a un cambio de ramos de comercio, por cambio de local o realización de obras o por una causa de fuerzas mayores que paralice la actividad.
Nunca pueden ser vendidos en liquidación aquellos artículos que no formen parte de las existencias del establecimiento. La duración máxima de este tipo de venta es de tres meses, salvo que se produzca el cese total en la actividad comercial, en cuyo caso será un año. |