La Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados acudió ayer, miércoles, a la Corte Suprema de Justicia a interponer una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1 de la Ley No. 74 del 29 de octubre de 2010 de la Policía Nacional.
Los abogados manifestaron que esa Ley que modificó a la Ley 18 de 1997, les ha dado facultad a los uniformados para que cometan arbitrariedades.
El artículo demandado sustenta que cuando algún miembro de la Fuerza Pública sea denunciado, querellado, imputado o procesado por la presunta comisión de un delito ejecutado en acto de servicio o en cumplimiento del deber, exclusivamente por motivo del uso de la fuerza, no se ordenará la detención preventiva ni se decretará la suspensión provisional del cargo público que desempeña hasta que concluya el proceso con resolución ejecutoriada y esta sea comunicada a la autoridad nominadora por el tribunal competente.
Ese fue uno de los argumentos al que hicieron referencia los abogados defensores de los policías al presentar acciones de habeas corpus en la Corte Suprema de Justicia.
Se espera que los magistrados Jerónimo Mejía y Harley Mitchell, quienes son los ponentes en estos casos, pongan a circular un proyecto en donde expliquen a sus colegas si eso se ajusta a los fundamentos jurídicos para rechazar o mantener la medida cautelar que impuso la Fiscalía Auxiliar a los policías: Maikol González y Joel Rodríguez, imputados en las investigaciones por lo ocurrido en el Centro de Cumplimiento de Menores.