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COOPERATIVAS
Cómo crear una cooperativa en Panamá

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Antonio De León
Colaboración / Nuestra Tierra

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Cooperativismo es trabajo en equipo para lograr un beneficio común.

Para crear una cooperativa en la República de Panamá, es necesario llevar a cabo una serie de actividades y tareas que se inician desde el momento que un grupo de personas consideran que organizando una cooperativa pueden resolver una necesidad o problema que los afecta a todos en común.

UN OBJETIVO COM�N

Los problemas o necesidades que pueden inducir a las personas a organizarse en cooperativa son de diversa índole, tales como obtener préstamos a bajos intereses, solucionar el problema de la falta de vivienda, la producción y mercadeo agrícola, trabajar en común en una actividad que les garantice empleo o ingresos económicos, o cualquier actividad productiva o de servicio.

UNA VEZ TOMADA LA DECISI�N

Una vez que se ha tomado la decisión de organizar la cooperativa, se iniciarán las gestiones necesarias para lograr la constitución y legalización de la misma. En primer lugar, es importante que las personas se dirijan a la Dirección Provincial del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, IPACOOP y soliciten la asesoría necesaria. Para ese fin, los interesados deben enviar una nota formal solicitando la respectiva asesoría técnica, adjuntando una hoja donde se indica el nombre, cédula y firma de los interesados. Según la Ley, el grupo inicial deberá estar integrado por un mínimo de 20 personas. El IPACOOP designará a los técnicos o tutores que se encargarán de asesorar al grupo durante todo el proceso de organización de la cooperativa.

En la fecha acordada, al grupo se le brindará una charla de orientación sobre la organización cooperativista, sus principales características, principios y métodos, así como el procedimiento necesario para obtener el reconocimiento legal.

Una vez confirmada la decisión de formar la cooperativa, el grupo con la asesoría del IPACOOP, procederá a realizar una encuesta socio-económica entre los interesados y si es necesario, a nivel de la comunidad donde estará ubicada la cooperativa. Posteriormente, la encuesta, una vez levantada, se tabulará y se hará el análisis de la misma para determinar si existe realmente la necesidad, el interés y el ambiente mínimo necesario para crear la cooperativa.

La encuesta permitirá conocer las necesidades reales de las personas que desean formar la cooperativa y aportará los datos necesarios para poder elaborar el estudio de viabilidad o de factibilidad.

CONFORMACI�N DE LA COOPERATIVA

Aclaradas las dudas y las inquietudes que pudieran tener los interesados, se llevará a cabo una reunión preliminar para formalizar el nombramiento de la comisión organizadora de la Cooperativa, Ese grupo de trabajo se denominará Comité Pre - Cooperativo el cual se elegirá por votación. En la reunión se elegirán cinco miembros, los cuales se reunirán para asignarse los cargos directivos, incluyendo el de Presidente, Secretario, Tesorero y dos vocales. Además de la elección, en la reunión deberán discutirse los objetivos de la cooperativa y aprobar los compromisos sociales y económicos de la organización.

Al Comité Pre-Cooperativo le corresponde investigar cuál es el vínculo común existente entre los interesados, gestionar y obtener el apoyo técnico del IPACOOP para contar con el asesoramiento necesario, abrir una cuenta bancaria y obtener una certificación de la misma.

DOCUMENTOS NECESARIOS

También deberá preparar la documentación necesaria para hacer la solicitud de personería jurídica. Para formalizar la solicitud de personería jurídica el grupo deberá presentar los siguientes documentos:

  1. Estudio de viabilidad social y económica.

  2. Estatutos de la Cooperativa (según el tipo).

  3. El Certificado de Educación Cooperativa que expedirá el IPACOOP una vez que los interesados hayan participado en el Seminario Básico o Jornada de Capacitación que, según la Ley, deberá tener un mínimo de 20 horas.

  4. Certificación de Contabilidad. Se refiere a la constancia de la persona o profesional idóneo que llevará la contabilidad cuando la mismo inicie sus actividades u operaciones.

  5. Certificación Bancaria en la que aparece indicada la existencia de una cuenta bancaria, su número y el monto de los depósitos.

  6. Acta de la Asamblea Constitutiva de la cooperativa.

En la Asamblea Constitutiva se deberán elegir los integrantes de los Cuerpos Directivos u órganos de gobierno de la cooperativa. Los cuerpos directivos consisten en la Junta de Directores, Junta de Vigilancia y Comité de Crédito, este último según lo que se establezca en el estatuto.

Para gestionar el reconocimiento, el grupo confecciona un memorial o una nota dirigida al IPACOOP solicitando la personería jurídica e indicando los documentos que se aportan o adjuntan. La solicitud deberá estar firmada por todos los miembros de la Junta de Directores quienes tienen el deber de entregarla personalmente en la Dirección Provincial del IPACOOP. La Dirección Provincial recibirá la solicitud, procederá a revisar la documentación y si está correcta, se enviará a la Dirección Ejecutiva para su debida tramitación. El estudio de viabilidad será analizado por la Dirección de Planificación. El funcionario encargado del Registro de Cooperativas confecciona el proyecto de resolución por la cual se le otorga la personería jurídica a la Cooperativa. La resolución correspondiente lo firma el Director Ejecutivo y la Sub-Directora Ejecutiva del IPACOOP y luego se procede a inscribir la cooperativa en el registro del de la institución cooperativista.

 

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