El magistrado de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, Víctor Benavides, nuevamente no accedió a la demanda de indemnización presentada por el representante legal de Carlos Antonio Pinzón para que fuese condenada la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y el Banco Nacional de Panamá al pago de 25 millones de dólares por el fallecimiento en el bus 8B-06, de Mayra Esther Vega Villar.
Benavides contó con la firma de los magistrados Alejandro Moncada Luna y Winston Spadafora al sostener que la falla en la prestación del servicio público no se configuró, ya que ni la ATTT y ni el Banco Nacional de Panamá son los agentes responsables por el daño causado, como lo es el resultado del fallecimiento de Vega Villar en el accidente donde resultó calcinada el 23 de octubre de 2006.
La Sala, luego de establecer dos aspectos medulares, señala que en principio están ante una concesión de servicio público y su explotación la hace el concesionario a su cuenta y riesgo, y que el daño no es producto de la falta de regulación y control estatal.
Contrario a lo que plantea la defensa de Carlos Gavilanes, la Sala apreció que sí hubo por parte de las autoridades de la ATTT en funciones al momento del incendio del bus 8B-06, la alegada fiscalización y supervisión.
En ese caso se señala que se hicieron inspecciones anuales a los autobuses dedicados al transporte público de pasajeros, los que se realizan a través de talleres para verificar el estado mecánico y de seguridad de los mismos.
"El siniestro obedeció a razones distintas a las señaladas en la demanda, dado que atribuyen el siniestro al mal mantenimiento del bus", señala el fallo.
En el bus 8B-06 murieron calcinadas 18 personas.